logo-mini

MODIFICACIÓN DE PENSIÓN DE ALIMENTOS POR EL CORONAVIRUS?

Hay mucha gente que estos días se pregunta si se pueden modificar las pensiones de alimento con motivo del Corona virus Covid19, y la respuesta es SÍ.

Con la excepcional situación que estamos viviendo estos últimos meses a raíz de esta pandemia, hay aspectos económicos y legales que se están viendo afectados y están sujetos a revisión. Uno de estos casos es la pensión de alimentos.

«El Real Decreto-Ley 16/2020 de 28 de Abril de Medidas Procesales y Organizativas para hacer frente al covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia», en sus artículos 3 , b) y c) establece un procedimiento especial y sumario para solicitar la revisión sobre pensiones económicas entre cónyuges y alimentos reconocidos a los hijos, «cuando la revisión tenga como fundamento haber variado sustancialmente las circunstancias económicas de cónyuges y progenitores como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el covid-19».

Es posible modificar las pensiones de alimentos con motivo del Coronavirus, Covir19

PROCEDIMIENTO A SEGUIR:

Para solicitar la modificación de los alimentos con motivo de esta crisis se debe presentar una demanda, a la que se adjuntará, además de los certificados correspondientes (Sentencia de divorcio, etc) como prueba documental:

  • un certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones o subsidios de desempleo, en caso de situación legal de desempleo
  • un certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o entidades afines, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado que acredite el cese de actividad o disminución de ingresos, en el caso de trabajadores por cuenta propia.

Si necesita asistencia a la hora de realizar estas gestiones o tiene dudas sobre este tema u otro asunto legal no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Teléfono: 963915325   –    Email: info@abogadosrhm.com